Lunes 20/5/2024

Newsletter Asesoría - 1/2024

Fecha de la newsletter: 02-02-2024

Creación del nuevo Servicio de Desarrollo de Competencias de Enfermería Comunitaria, Hospitalaria y Unidades de Apoyo en la Conselleria de Sanidad

Desde la Asesoría Jurídico y Fiscal del Colegio de Enfermería de Alicante, cuyo coordinador es el vicepresidente colegial, Francisco Gómez Vitero, se ha confeccionado un informe sobre la creación del nuevo Servicio de Desarrollo de Competencias de Enfermería Comunitaria, Hospitalaria y Unidades de Apoyo en la Conselleria de Sanidad.

En este sentido, se indica que mediante el Decreto 135/2023, de 10 de agosto, del Consell, se aprobó el nuevo Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Sanidad, que ha sido desarrollado a través de la Orden 4/2023, de 13 de octubre, de la Conselleria de Sanidad, publicada en el DOGV de fecha 17 de octubre de 2023.

 

            En la Orden 4/2023 señalada en el párrafo anterior se desarrolla el nivel administrativo, constituido por todas las unidades dependientes de forma directa de los distintos órganos superiores y directivos de la Conselleria de Sanidad. Y dentro de la estructura y organización de la Conselleria de Sanidad el órgano superior y directivo que asume la dirección y gestión de la parte estrictamente asistencial de la propia Conselleria es la Secretaría Autonómica de Sanidad.

 

            La Secretaría Autonómica de Sanidad se estructura y organiza en las siguientes Direcciones Generales y Unidades Administrativas:

 

  1. Unidad administrativa de dependencia directa de la Secretaría Autonómica de Salud: Servicio de Desarrollo de Competencias de Enfermería Comunitaria, Hospitalaria y Unidades de Apoyo.

 

  1. La Dirección General de Atención Primaria se estructura en las siguientes unidades administrativas:

Subdirección General de Atención Primaria, de la que a su vez dependen:

a) Servicio de Gestión Asistencial de Programas y Servicios.

b) Servicio de Gestión de la Demanda y Transformación del Modelo

Asistencial.

c) Servicio de Coordinación e Integración Sociosanitaria.

 

  1. La Dirección General de Atención Hospitalaria se estructura en las siguientes unidades administrativas:

Subdirección General de Atención Hospitalaria, de la que a su vez dependen:

a) Servicio de Gestión Asistencial Hospitalaria.

b) Servicio de Gestión de la Demanda y Alternativas a la Hospitalización.

c) Servicio de Atención Sanitaria a Urgencias y Emergencias.

d) Servicio de Salud Mental.

 

  1. La Dirección General de Salud Pública se estructura en las siguientes

unidades administrativas:

1. Subdirección General de Seguridad Alimentaria, Laboratorios de Salud Pública y Sanidad Ambiental, de la que a su vez dependen:

a) Servicio de Planificación y Análisis Alimentario.

b) Servicio de Gestión del Riesgo Alimentario.

c) Servicio de Laboratorios de Salud Pública.

d) Servicio de Sanidad Ambiental.

 

2. Subdirección General de Epidemiología y Vigilancia de la Salud, de la que a su vez dependen:

a) Servicio de Vigilancia y Control Epidemiológico.

b) Servicio de Estudios Epidemiológicos y Vigilancia de Enfermedades No Transmitibles.

 

3. Subdirección General de Promoción de la Salud y Prevención, de la que a su vez dependen:

a) Servicio de Programas de Salud y Evaluación de Políticas de Salud.

b) Servicio de Vacunación e Inmunización Sistemática y en Grupos de Riesgo.

c) Servicio de Programas de Cribado.

d) Servicio de Prevención en el Entorno Laboral.

e) Servicio de Adicciones.

 

  1. La Dirección General de Farmacia, se estructura en las siguientes unidades administrativas dependientes de forma directa de dicha Dirección:
  1. Servicio de Prestación Farmacéutica y Dietoterapia.
  2. Servicio de Prestación Ortoprotésica y Complementaria.
  3. Servicio de Ordenación, Control y Vigilancia de Productos Farmacéuticos.
  4. Servicio de Optimización Terapéutica, Medicamentos Innovadores y Terapias Avanzadas.

 

            Y como novedad destacada en dicha estructura de la Conselleria de Sanidad que afecta de manera directa al colectivo enfermero de nuestra Comunidad queremos resaltar la creación del Servicio de Desarrollo de Competencias de Enfermería Comunitaria, Hospitalaria y Unidades de Apoyo, con dependencia directa del Secretario Autonómico de Sanidad y cuyas funciones son las siguienes:

 

a) Identificar las áreas de conocimiento especializadas en los diferentes ámbitos asistenciales y, en particular, las necesidades de salud de la población y desarrollar líneas estratégicas de actuación que den cobertura a tales necesidades.

b) Establecer o registrar los criterios de capacitación y obtención de méritos para cada área de conocimiento.

c) Impulsar la formación, innovación e investigación en el ámbito de la enfermería y unidades de apoyo, en coordinación con el resto de servicios de la Conselleria con funciones en dicha materia, sin perjuicio de las competencias atribuidas al centro directivo competente en materia de investigación e innovación.

d) Implementar estrategias transversales tendentes a garantizar la continuidad de la atención y los cuidados de la población y de los y las pacientes; todo ello en coordinación y colaboración con todas las entidades y organismos competentes (colegios profesionales, sociedades científicas y cualesquiera otras entidades).

e) Coordinar equipos multidisciplinares, así como participar en la gestión de recursos y calidad asistencial.

f) Mejorar la práctica de los y las profesionales de enfermería y unidades de apoyo.

g) Promover en el ámbito de la enfermería y unidades de apoyo, la aplicación de los principios éticos aplicables al ámbito sanitario.

h) Responder eficazmente a las necesidades de la población con especial atención a los pacientes con enfermedades crónicas prevalentes, a las situaciones de discapacidad, de riesgo de enfermar y de fragilidad.

i) Proponer indicadores alineados con los acuerdos de gestión, su seguimiento y evaluación, en el ámbito de la actividad del servicio.

j) Tramitar, gestionar y efectuar el seguimiento y justificación, de los proyectos, planes e instrumentos jurídicos de su ámbito funcional iniciados por la unidad administrativa o por el órgano superior o directivo de dependencia.

 

            Para consultar el contenido completo de la Orden 4/2023 referida se puede acceder al siguiente enlace:

Entidades colaboradoras del Colegio de Enfermería de Alicante