Derivada de daños y perjuicios causados a terceros en el ejercicio de su profesión, tal y como dicha profesión viene regulada en la reglamentación vigente y especialmente por:
Errores, excesos o desviaciones en la evaluación, diagnóstico o tratamiento. Se incluye igualmente los siguiente métodos alternativos: Acupuntura, auriculoterapia, osteopatía, reiki, yoga y técnicas de relajación, cromoterapia, iridología, fitoterapia, reflexología podal, naturopatía, homeopatía, flores de Bach, quiromasaje, magnetoterapia, kinesiología, terapia craneosacral, mesoterapia y realización de piercing.
La defensa del Asegurado frente a las reclamaciones de responsabilidad civil objeto del seguro, aún las infundadas, comprendiendo el pago de las costas y gastos judiciales o extrajudiciales, inherentes al siniestro.
La asistencia jurídica como consecuencia de una agresión física sufrida por el asegurado, garantizándose los gastos de reclamación a terceros como consecuencia de dicha agresión en el desarrollo de la actividad profesional como enfermera/o.
Para la garantía de R.C. Profesional, la cobertura de esta Póliza comprende las responsabilidades en que pudiera incurrir el Asegurado derivadas de actos realizador en cualquier País del mundo, excepto ESTADOS UNIDOS, CANADÁ y TERRITORIOS ASOCIADOS, siempre y cuando el desplazamiento haya sido comunicado y aceptado por A.M.A. y se trate de actos aislados que no formen parte de la actividad cotidiana del profesional sanitario, quién deberá siempre desempeñar su actividad habitual en Territorio Español.