Lunes 20/5/2024

Newsletter Asesoría - 4/2023

Fecha de la newsletter: 17-10-2023

El Colegio te informa sobre las principales medidas del II Plan de Igualdad de la Conselleria de Sanidad

Desde la Asesoría Jurídico y Fiscal del Colegio de Enfermería de Alicante, cuyo coordinador es el vicepresidente colegial, Francisco Gómez Vitero, se quiere informar de que en el DOGV de fecha 12 de julio de 2023 se ha publicado el II Plan de Igualdad de la Conselleria de Sanidad. Al respecto procede señalar que la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres recoge, en el desarrollo de su articulado, los planes de igualdad, no solo como una medida necesaria para garantizar la promoción de la igualdad, sino también como un compromiso para evitar cualquier discriminación negativa que afecte a los derechos de las mujeres sea cual fuere su circunstancia o condición.

En este sentido, son obligatorios los planes de igualdad tanto para las empresas como para las administraciones públicas. De acuerdo con la ley referida, los planes de igualdad se definen como un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de la situación, tendentes a alcanzar la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo.

Este II Plan de Igualdad plantea consolidar los objetivos alcanzados en el I Plan de Igualdad y el avance en aspectos clave como la disminución de la brecha salarial de género, la mejora en la prevención y actuación frente al acoso sexual y por razón de sexo o aumentar la presencia de mujeres en puestos de dirección y en jefaturas.

Este II Plan de Igualdad es de aplicación al personal empleado público que gestiona la Conselleria de Sanidad, con independencia de su relación jurídica (estatutaria, funcionaria o laboral) y tendrá una vigencia de cuatro años a partir del día siguiente de su publicación en el DOGV (13/07/2023). Procede señalar que este Plan de Igualdad fue aprobado en la Mesa Sectorial de Sanidad por unanimidad, siendo por lo tanto apoyado por la Administración, así como por todas fuerzas sindicales que forman parte de dicha Mesa Sectorial.

En el II Plan de Igualdad de la Conselleria se plantean 10 Áreas de Intervención, conteniendo cada una de ellas varias medidas de actuación, con la finalidad de alcanzar 10 objetivos. A continuación, procedemos a reflejar tanto las distintas Áreas de Actuación, el objetivo pretendido, así como las medidas incorporadas en cada una de ellas:

OBJETIVO 1: Integrar el principio de igualdad de trato y de oportunidades de mujeres y hombres de manera transversal en toda la organización.

MEDIDA 1.1 Realizar actuaciones de sensibilización e información sobre igualdad de oportunidades en la cultura de la organización. Sobre todo, coincidiendo con el Día Internacional de la Mujer.

MEDIDA 1.2 Elaborar informes de impacto de género de los proyectos normativos, planes o programas.

MEDIDA 1.3 Promover el principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres en órganos colegiados, comités, grupos de trabajo

MEDIDA 1.4 Impulsar las Comisiones de Igualdad y contra la Violencia de Género y la figura de Responsable de Igualdad de departamento.

MEDIDA 1.5 Elaborar un checklist para evaluar la integración de la perspectiva de género en los planes y estrategias de salud.

MEDIDA 1.6 Elaborar un estudio cualitativo de percepción sobre igualdad de trato y oportunidades de mujeres y hombres.

 

OBJETIVO 2: Integrar el principio de igualdad de oportunidades de mujeres y hombres en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo.

MEDIDA 2.1 Garantizar el principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres en las comisiones de valoración, así como en los órganos de selección y de provisión, salvo por razones fundadas y objetivas.

MEDIDA 2.2 Desagregar por sexo la participación y los resultados de los procesos de selección, provisión y promoción.

MEDIDA 2.3 Promover en los procedimientos de provisión y de evaluación de los puestos de jefatura de Servicio y de Sección asistenciales, la valoración de méritos relacionados con la formación en igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y la investigación en salud con perspectiva de género.

MEDIDA 2.4 Incluir materias sobre igualdad de oportunidades, violencia de género y acoso sexual y por razón de sexo en los temarios de los procesos selectivos.

MEDIDA 2.5 Valorar como mérito en los procesos de selección, provisión y movilidad interna el tiempo de pertenencia en las Comisiones de Igualdad y contra la Violencia de Género de los departamentos de salud.

MEDIDA 2.6 Se aplicará el principio de representación equilibrada de mujeres y hombres en la provisión de puestos de trabajo mediante el sistema de libre designación, teniendo en cuenta la distribución inicial de mujeres y hombres en el ámbito de actuación.

MEDIDA 2.7 Revisar el Manual de instrucciones y buenas prácticas de los Órganos Técnicos de Selección para garantizar la aplicación de los principios de igualdad de trato y oportunidades en los procesos de selección y provisión.

MEDIDA 2.8 Indicar en las convocatorias de selección y de provisión si las mujeres están infrarrepresentadas en dicha categoría.

MEDIDA 2.9 Para facilitar la lactancia natural en las pruebas selectivas se podrá ampliar la duración de las pruebas selectivas cuando esta sea superior a dos horas.

MEDIDA 2.10 Posibilitar el aplazamiento de la prueba selectiva de acceso hasta dos semanas antes de la fecha probable de parto y dos semanas después del parto; y hasta dos semanas después de una interrupción del embarazo.

 

ÁREA 3. REPRESENTACIÓN EQUILIBRADA DE MUJERES Y HOMBRES:

OBJETIVO 3: Promover la presencia equilibrada de mujeres y hombres en la estructura directiva, así como en los diferentes órganos colegiados de participación y negociación.

MEDIDA 3.1 Establecer medidas de acción positiva que faciliten la presencia de mujeres en puestos directivos cuando haya infrarrepresentación.

MEDIDA 3.2 Designar a las personas representantes en órganos colegiados de participación y negociación atendiendo al principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres, salvo por razones fundadas y objetivas.

 

ÁREA 4. RETRIBUCIONES Y BRECHA SALARIAL:

OBJETIVO 4: Disminuir la brecha salarial entre mujeres y hombres.

MEDIDA 4.1 Analizar las diferencias salariales que puedan contribuir a la brecha salarial entre mujeres y hombres.

MEDIDA 4.2 Realizar actuaciones de formación y sensibilización para detectar las situaciones laborales y sociales que contribuyen a producir brecha salarial.

MEDIDA 4.3 En el marco del Programa Temporal de Lucha contra la brecha salarial (2022-2024), adoptar medidas que contribuyan a eliminar diferencias salariales por razón de sexo.

 

ÁREA 5. CONCILIACIÓN Y CORRESPONSABILIDAD:

OBJETIVO 5: Disminuir las diferencias entre mujeres y hombres en el ejercicio de la conciliación de la vida personal, familiar y laboral promoviendo la corresponsabilidad.

MEDIDA 5.1 Realizar campañas de sensibilización sobre la conciliación y la corresponsabilidad.

MEDIDA 5.2 Fomentar el ejercicio corresponsable de los derechos de conciliación en los hombres a través de acciones de sensibilización.

MEDIDA 5.3 Analizar la implantación de medidas de reorganización del tiempo de trabajo, incluida la modalidad de teletrabajo siempre que el puesto de trabajo lo permita y se garantice el funcionamiento correcto del servicio.

MEDIDA 5.4 Estudiar medidas que contribuyan al uso racional de los tiempos mediante la flexibilización de horarios, deslizamiento de jornada y bolsa de horas, entre otros, en los ámbitos en los que sea posible su implementación.

 

ÁREA 6. SALUD LABORAL CON PERSPECTIVA DE GÉNERO:

OBJETIVO 6: Incorporar la perspectiva de género en la prevención de riesgos laborales y la promoción de la salud en el entorno laboral.

MEDIDA 6.1 Sensibilizar y formar al personal en materia de seguridad y salud en el trabajo con perspectiva de género, especialmente a cuadros intermedios y delegadas y delegados de prevención de riesgos laborales.

MEDIDA 6.2 Incorporar la perspectiva de género y el acoso sexual y por razón de sexo en la formación del personal de las unidades de prevención de riesgos laborales y de las Comisiones de Gestión Interna de Conflictos.

MEDIDA 6.3 Analizar los datos obtenidos de la vigilancia de la salud desde la perspectiva de género.

MEDIDA 6.4 Realizar seguimiento de las medidas de protección a la maternidad y la lactancia natural.

MEDIDA 6.5 Analizar la siniestralidad laboral por edad, sexo y categorías incorporando los determinantes de género.

MEDIDA 6.6 Difundir la Guía de protección del embarazo y lactancia natural en el entorno laboral sanitario.

MEDIDA 6.7 Establecer condiciones en las compras de la ropa de trabajo para que se adapte a las características diferenciadas de hombres y mujeres, especialmente para situaciones de embarazo.

MEDIDA 6.8 Realizar la valoración del riesgo psicosocial incorporando la perspectiva de género. Establecer acciones preventivas integrales y no sesgadas sobre la organización del trabajo y las condiciones laborales. Promover la conciliación de la vida laboral y personal.

 

ÁREA 7. VIOLENCIA DE GÉNERO, ACOSO SEXUAL Y POR RAZÓN DE SEXO:

OBJETIVO 7: Prevenir y actuar con diligencia ante las situaciones de violencia de género y acoso sexual y por razón de sexo.

MEDIDA 7.1 Intensificar la difusión del Protocolo que regula en el ámbito sanitario la movilidad de las empleadas públicas en situación de violencia de género.

MEDIDA 7.2 Analizar la aplicación de las medidas de movilidad, reducción de jornada y reordenación del tiempo de trabajo por violencia de género de las trabajadoras.

MEDIDA 7.3 Realizar acciones de sensibilización en especial coincidiendo con la conmemoración del día 25 de noviembre, Día Internacional de la eliminación de la violencia contra la mujer.

MEDIDA 7.4 Informar a las trabajadoras sobre los recursos especializados en violencia de género que tienen a su disposición.

MEDIDA 7.5 Intensificar la difusión del Protocolo de actuación contra el acoso sexual y por razón de sexo en el ámbito laboral sanitario.

MEDIDA 7.6 Analizar los datos sobre acoso laboral, acoso sexual y acoso por razón de sexo desde la perspectiva de género.

MEDIDA 7.7 Informar sobre el protocolo de acoso sexual y por razón de sexo al personal de nuevo ingreso.

MEDIDA 7.8 Desarrollar acciones formativas en igualdad, acoso sexual y violencia contra las mujeres para el personal que gestiona los recursos humanos.

MEDIDA 7.9 Realizar acciones de sensibilización y formación para el conjunto de la plantilla para detectar situaciones de violencia de género en las usuarias y trabajadoras.

MEDIDA 7.10 Crear una cuenta de correo electrónico específica para facilitar información y comunicar situaciones de acoso sexual y por razón de sexo.

MEDIDA 7.11 Actualizar el Protocolo de actuación contra el acoso sexual y por razón de sexo en el ámbito laboral sanitario, estableciendo la obligación de comunicar los casos de acoso sexual y por razón de sexo a la Unidad de Igualdad.

 

ÁREA 8. FORMACIÓN EN IGUALDAD Y PERSPECTIVA DE GÉNERO:

OBJETIVO 8: Consolidar una oferta formativa en igualdad y en salud y género que contribuya a mejorar la gestión del desarrollo profesional.

MEDIDA 8.1 Se promoverá que todos los cursos ofertados se realicen en horario laboral para favorecer la conciliación de la vida personal y familiar.

MEDIDA 8.2 Impulsar la incorporación de la perspectiva de género en la investigación en salud y promover el reconocimiento de aquellas investigaciones que sean relevantes para la salud de las mujeres.

MEDIDA 8.3 Realizar cursos de formación sobre igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

MEDIDA 8.4 Realizar cursos de formación sobre violencia de género y otras violencias sobre la mujer.

MEDIDA 8.5 Realizar cursos de formación sobre la salud de las mujeres y su abordaje desde la perspectiva de género.

MEDIDA 8.6 Elaborar un vídeo de formación en igualdad para visualizar en todos los cursos de la modalidad en línea.

MEDIDA 8.7 Analizar los datos de participación de mujeres y hombres en la formación en las materias de igualdad, violencia de género, o salud de las mujeres entre otras.

MEDIDA 8.8 Incorporar formación en igualdad de oportunidades, violencias contra las mujeres y atención clínica exenta de sesgos de género en la formación sanitaria especializada.

 

ÁREA 9. INVESTIGACIÓN CON PERSPECTIVA DE GÉNERO:

OBJETIVO 9: Incorporar la perspectiva de género en la investigación sanitaria y contribuir a la implementación de planes de igualdad en los institutos y fundaciones de investigación sanitaria.

MEDIDA 9.1 Ofertar cursos de formación sobre investigación con perspectiva de género y salud de las mujeres.

MEDIDA 9.2 Colaborar con las fundaciones e institutos de investigación sanitaria en la organización de jornadas y actos para impulsar la investigación con perspectiva de género y la investigación sobre la salud de las mujeres.

MEDIDA 9.3 Participar de manera activa en el Día Internacional de la Mujer y la Niña en la Ciencia.

MEDIDA 9.4 Asesorar en la elaboración e implementación de planes de igualdad en fundaciones e institutos de investigación sanitaria.

 

ÁREA 10. POLÍTICA DE COMUNICACIÓN Y USO NO SEXISTA DEL LENGUAJE:

OBJETIVO 10: Hacer uso de una comunicación escrita y visual que transmita valores de igualdad de mujeres y hombres alejándose de estereotipos y prejuicios sexistas.

MEDIDA 10.1 Promover en la publicidad institucional una imagen de las mujeres que se aleje de los estereotipos tradicionales de género.

MEDIDA 10.2 Revisar la documentación antes de su publicación en la web e intranet institucional.

MEDIDA 10.3 Garantizar el uso no sexista del leguaje en planes, estrategias, protocolos, guías o procedimientos elaborados por la Conselleria.

 

Asimismo, procede señalar que en el II Plan de Igualdad de la Conselleria de Sanidad se incluyen algunos datos oficiales sobre la plantilla de enfermería de la misma Conselleria a fecha de 6 de junio de 2022, que consideramos de interés por lo que reproducimos en este informe. En concreto, a continuación, se reflejan afirmaciones y datos reflejados sobre nuestra profesión que aparecen en el Plan señalado:

- La categoría de enfermería es la más numerosa en efectivos y con un índice de feminización del 83,90% y dentro de este grupo la enfermería especializada en obstetricia y ginecología es la más feminizada con un 94,2%.

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