Jueves 28/3/2024

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Fecha de la newsletter: 26-02-2015

¿Sabes que tienes un seguro de responsabilidad civil solo por estar colegiado?

Las enfermeras colegiadas en el Colegio de Enfermería de Alicante disponen de forma gratuita de la cobertura de un seguro de Responsabilidad Civil Profesional por el mero hecho de en­contrarse al corriente del pago de las correspondientes cuotas colegiales. La póliza, que se encuentra concer­tada por el CECOVA con la Agrupa­ción Mutual Aseguradora (AMA), comprende las responsabilidades en las que pueda incurrir el asegurado.

Las principales características de la póliza son las siguientes:

 

Capital asegurado:

Límite máximo por siniestro, año y asegurado de tres millones y me­dio de euros.

 

Responsabilidad Civil Profesional:

Derivada de daños que ten­gan su origen en errores, excesos o desviaciones en la evaluación, diag­nóstico o tratamiento. Se incluye igualmente la realización de los si­guientes métodos alternativos: acu­puntura, auriculoterapia, osteopatía, reiki, yoga y técnicas de relajación, cromoterapia, iridología, fitoterapia, reflexología podal, naturopatía, ho­meopatía, flores de Bach, quiroma­saje, magnetoterapia, kinesiología, terapia craneosacral, mesoterapia y realización de piercing.

 

Delimitación geográfica de la co­bertura:

Cualquier país del mundo ex­cepto Estados Unidos, Canadá y territorios asociados, siempre y cuando el desplazamiento haya sido comunicado y aceptado por AMA y se trate de actos aislados que no for­men parte de la actividad cotidiana del profesional sanitario, quién de­berá siempre desempeñar su activi­dad habitual en España.

 

Subsidio por inhabilitación tempo­ral profesional:

El importe máximo a pagar será de 3.000 euros mensuales y como máximo durante 18 meses.

 

Defensa jurídica:

La defensa jurídica de los ase­gurados incluye que el asegurador proporcionará y designará los letra­dos y procuradores de los tribuna­les que defiendan y representen al asegurado, siendo por cuenta del asegurador los honorarios de dichos profesionales.

 

PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN

Cuando surja cualquier hecho que motive o pueda motivar la exi­gencia de Responsabilidad Civil, el asegurado deberá contactar de in­mediato con la Asesoría Jurídica del Colegio Oficial de Enfermería corres­pondiente, debiendo facilitar sus da­tos y número de colegiado, así como la información de los hechos acaeci­dos y personas implicadas.

Ante un caso de demanda exi­giendo responsabilidad civil, es muy importante no asistir a una declara­ción sin haberla preparado concien­zudamente con el abogado, porque de ella va a depender que se incoe como posible delito, falta o se proce­da a su archivo.

En muchos casos las denuncias o querellas quedan archivadas una vez prestada declaración, pero en algunos casos ciertas declaraciones, incluso cuando se va en calidad de testigo, pasan a ser imputadas por delito de imprudencia profesional (mala praxis).

Más información.

 

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