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11/12/2019

Novedades de baremación con respecto a la especialidades

La ORDEN 4/2019, de 14 de noviembre, de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se regula el procedimiento de selección de personal temporal para la cobertura de plazas estatutarias gestionadas por la Conselleria con competencias en materia de sanidad donde en relación al baremo de méritos en la formación sanitaria especializada dispone lo siguiente:

El período de formación sanitaria especializada, vía personal residente en formación, se baremará únicamente en la categoría que se corresponda con la formación a razón de 7,2 puntos por año de formación, siempre se haya obtenido el título de especialista. No se podrá obtener en este apartado una puntuación superior a la duración oficial del período formativo de cada especialidad, con independencia del tiempo que haya precisado la persona candidata para finalizar el proceso formativo. En ningún caso se valorarán los periodos de formación sanitaria especializada vía personal residente en formación en el apartado 1 de servicios prestados.

De esta forma se elimina el perjuicio causado por el baremo desigual de los méritos en función de la vía de obtención de la titulación.

 


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