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31/03/2026

El Colegio de Enfermería de Alicante recurre la limitación de la promoción interna en diferentes regímenes jurídicos en la Conselleria de Sanidad

La actual situación limita el acceso del personal estatutario fijo a determinadas categorías de las listas de promoción interna temporal por estar reservadas a funcionarios no estatutarios

El Colegio de Enfermería de Alicante, a través de su Asesoría Jurídica y Fiscal, cuyo coordinador es el vicepresidente colegial, Francisco Gómez Vitero, ha interpuesto un recurso contencioso-administrativo en defensa y representación de un colegiado frente a los criterios adoptados por la Conselleria de Sanidad que limitan el acceso del personal estatutario fijo a determinadas categorías de las listas de promoción interna temporal de la Conselleria de Sanidad por estar reservadas a funcionarios no estatutarios.

En el ejercicio de su función de representación, defensa y ordenación de la profesión enfermera, la institución colegial ha decidido actuar ante lo que considera una interpretación restrictiva de la normativa vigente, que está generando perjuicios en el desarrollo profesional de las enfermeras y enfermeros del sistema sanitario público.

El recurso se dirige contra una resolución de la Dirección General de Personal que mantiene la exclusión de determinados profesionales funcionarios estatutarios fijos de las listas de promoción interna, lo cual les impide acceder a las vacantes de dichas listas al estar única y exclusivamente reservadas para funcionarios no estatutarios. En este sentido, hay que decir que el recurso presentado por nuestra entidad colegial hace referencia al caso de un enfermero que, siendo funcionario estatutario fijo, no puede optar a la categoría de enfermero inspector por no ser funcionario no estatutario. Con el agravante de que este enfermero ya prestó servicios como enfermero inspector antes de acceder a la plaza fija de enfermero estatutario.

Dicha exclusión se fundamenta en la existencia de un “régimen jurídico distinto” para enfermeros asistenciales (funcionarios estatutarios fijos) y para enfermeros inspectores (funcionarios no estatutarios), argumento que, a juicio del Colegio, carece de base suficiente y resulta contrario a los principios que deben regir el acceso y la progresión en el empleo público.

Desde los servicios jurídicos del Colegio se sostiene que esta interpretación administrativa vulnera los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, al introducir diferencias de trato que no responden a criterios objetivos ni razonables. Asimismo, se recuerda que la normativa aplicable establece un mandato claro a las administraciones públicas para facilitar la promoción interna, como instrumento esencial de desarrollo profesional.

En este sentido, el Colegio considera que la exclusión de profesionales basada exclusivamente en la naturaleza de su vinculación jurídica supone una limitación injustificada de derechos, especialmente cuando concurren los requisitos de titulación, capacidad y competencia profesional.

La institución colegial cuestiona, además, el uso de conceptos jurídicos indeterminados que, en la práctica, están sirviendo para restringir el acceso a estas listas, generando una situación de inseguridad jurídica y desigualdad dentro del propio sistema sanitario.

Con esta iniciativa, el Colegio de Enfermería de Alicante reafirma su compromiso con la defensa de los derechos de la profesión y con la mejora de las condiciones de desarrollo profesional de sus colegiados, promoviendo un modelo de gestión basado en la equidad, la transparencia y el reconocimiento del mérito.

 

Foto: Banc Imatges Infermeres. Autores: Ariadna Creus y Ángel García

Colaboradores colegiales