Jueves 4/12/2025

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04/12/2025

Una enfermera alicantina denunciada por la muerte de un paciente cuenta con el apoyo del seguro de responsabilidad civil del Colegio

Los colegiados simplemente deben estar al corriente del pago de las cuotas colegiales para contar con su cobertura

 

 

El Colegio de Enfermería de Alicante está defendiendo, a través de su póliza de responsabilidad civil, a una enfermera alicantina que ha sido denunciada, junto a otros profesionales sanitarios, por el fallecimiento de un paciente en un centro sanitario de la provincia.

Una situación como las muchas en las que las enfermeras y enfermeros pueden verse afectados en el ejercicio de su actividad profesional y con respecto a la cual cuentan, al menos llegado el caso, con la tranquilidad de tener el respaldo legal de unas completas coberturas y con el apoyo y la defensa de expertos abogados. Las enfermeras y enfermeras de nuestro colegio profesional cuentan con este servicio colegial simplemente por estar al corriente del pago de las cuotas colegiales.

 

Coberturas de la póliza

En resumen, la póliza ofrece cobertura de un límite máximo por siniestro, año y asegurado de TRES MILLONES Y MEDIO DE EUROS, incluidos los gastos (judiciales y extrajudiciales), así como las indemnizaciones a que diera lugar la reclamación. Una cobertura que se circunscribe a la responsabilidad civil profesional derivada por daños personales, materiales y sus perjuicios económicos consecutivos causados a terceros por errores profesionales cometidos en el ejercicio legal de su profesión. Se incluyen igualmente la realización de métodos alternativos propios de la profesión sanitaria asegurada, para los que esté habilitado legalmente, conforme a la normativa legal vigente en cada momento.

Además, ofrece también un subsidio por inhabilitación temporal profesional por inhabilitaciones sufridas a consecuencia del ejercicio de la profesión como enfermera/o, siendo el importe máximo a pagar de 4.000 euros mensuales, máximo de 24 meses y en ningún caso podrá exceder de los ingresos medios mensuales obtenidos por el Asegurada/o en el ejercicio de su profesión, durante los 12 meses anteriores a la condena.

De entre las prestaciones importantes de la póliza cabe destacar también la asistencia jurídica como consecuencia de una agresión física sufrida por el asegurado, garantizándose los gastos de reclamación a terceros como consecuencia de dicha agresión en el desarrollo de la actividad profesional como enfermera/o.

Las características y coberturas de la póliza pueden consultarse en este enlace.

 

Procedimiento de actuación

Es muy importante que cuando surja cualquier hecho que motive o pueda motivar la exigencia de responsabilidad civil, el asegurado contemple necesariamente las siguientes indicaciones:

 

  • Contactar de inmediato con la Asesoría Jurídica de su colegio de Enfermería cuando en su puesto de trabajo haya ocurrido cualquier hecho que crea que pueda dar lugar a una denuncia por parte del usuario. Hay que tener en cuenta que no siempre se denuncia en el momento.

 

  • Facilitar sus datos y número de colegiado, así como la información de los hechos acaecidos y personas implicadas. Así como todos aquellos datos que le sean requeridos por el abogado.

 

  • En caso de citación judicial, no se debe acudir a ninguna declaración, aunque sea como testigo, sin abogado. Un abogado que será facilitado por la compañía con la que se tiene suscrito el seguro, ya que esta no se responsabiliza de ningún procedimiento en el que no actúen los letrados designados por Relyens (compañía con la que se tiene contratado el seguro a partir del 1 de mayo de 2025). El colegiado no puede elegir el abogado que desee.

 

  • La importancia de acudir acompañado del abogado facilitado por la compañía tiene que ver con el hecho de que, aunque se le haya citado a prestar declaración como testigo, se puede salir de la misma en calidad de imputado.
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Foto: Banc Imatges Infermeres. Autores: Ariadna Creus y Ángel García

Colaboradores colegiales