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02/08/2024

Segundo proceso excepcional de estabilización por el sistema de concurso de méritos en el que se ofertan 1.155 plazas de Enfermería

El Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) ha publicado la Resolución de 17 de julio de 2024, de la directora general de Personal, por la cual se convoca el proceso excepcional de estabilización por el sistema de concurso de méritos para cubrir las plazas estatutarias previstas en el anexo I del Decreto 213/2023, de 14 de diciembre, del Consell, por el cual se aprueba la oferta pública de empleo de 2023 para personal gestionado por la Conselleria de Sanidad mediante el que se ofertan 1.155 plazas de la categoría de enfermero/a de Instituciones Sanitarias.

Con posterioridad, en el DOGV de fecha 1 de agosto de 2024 se ha publicado una corrección de errores de dicha Resolución mediante la que se amplía el plazo para la inscripción en dicho proceso hasta el día 23 de agosto de 2024.

Desde la Asesoría Jurídica y Fiscal del Colegio de Enfermería de Alicante, coordinada por su vicepresidente, Francisco Gómez Vitero, se ha confeccionado un informe al respecto en el que se destacan las siguientes cuestiones:

  • El baremo de méritos aplicable al presente proceso es el que figura como Anexo en la Resolución de 16 de diciembre de 2022, esto es, el baremo de méritos utilizado en el primer proceso de estabilización convocado.
  • Entre los requisitos de participación se encuentra no figurar en el listado definitivo de las personas aprobadas con derecho a optar a plaza en la misma categoría y, en su caso, especialidad convocada, tanto del concurso-oposición derivado de las ofertas 2017, 2018 y estabilización de 2019, como del concurso de méritos convocado por Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la directora general de Recursos Humanos (anterior proceso de estabilización).
  • La solicitud se deberá presentar electrónicamente.
  • Dentro del plazo de presentación de solicitudes, y transcurrida una hora desde el registro de la solicitud, deberá realizarse la aportación del autobaremo y de la documentación justificativa de méritos.

Se adjunta el enlace de la resolución y de la corrección de errores citadas.

Debemos recordar que es jurisprudencia reiterada por nuestro Tribunal Supremo que se ha venido a denominar "opositor de buena fe", consistente en que se debe respetar el derecho de los aspirantes inicialmente aprobados y nombrados funcionarios en un procedimiento selectivo, a pesar de que en el mismo se detecten irregularidades o baremaciones contrarias a derecho con posterioridad a la celebración y finalización del mismo.

 

Foto: Banc Imatges Infermeres. Autores: Ariadna Creus y Ángel García

Entidades colaboradoras del Colegio de Enfermería de Alicante