15/07/2024
El Decreto Ley 7/2024 del Consell introduce novedades para el personal estatutario de la Conselleria de Sanidad
El DOGV de 10 de julio de 2024 ha publicado el Decreto Ley 7/2024, de 9 de julio, del Consell, de simplificación administrativa de la Generalitat, que incluye algunas novedades que afectan al personal estatutario de la Conselleria de Sanidad. En concreto se añade la disposición adicional séptima al Decreto 192/2017, de 1 de diciembre del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de selección y provisión de personal estatutario al servicio de instituciones sanitarias públicas del Sistema Valenciano de Salud, para cumplir con los objetivos previstos en la Ley 20/21, 28 diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público y para la resolución de los procesos selectivos derivados de los procesos de estabilización de empleo temporal previstos en las Ofertas de Empleo Público de la Conselleria de sanidad, de los años 2017, 2018, 2019, 2022 y 2023, y los procesos de concurso de traslados previos a los mismos.
Desde la Asesoría Jurídica y Fiscal del Colegio de Enfermería de Alicante, cuyo coordinador es el vicepresidente colegial, Francisco Gómez Vitero, se quiere informar de que, en concreto, se aprueban las siguientes medidas:
a) En los procesos de concursos de traslados del personal estatutario, tanto la publicación del listado provisional de puntuación del concurso como de la resolución que apruebe la relación definitiva de puntuación, se publicarán en la página web de la Conselleria de Sanidad en sustitución de la publicación en el DOGV.
b) Se suprime el requisito de disponer del grado II de carrera profesional para la provisión de plazas de características específicas mediante concurso de traslados al finalizar la comisión de servicios con la que se proveía esa vacante.
c) Las comisiones de servicio se prorrogan (superando el plazo máximo de dos años) hasta la resolución definitiva de los concursos de traslados correspondientes.
Además, se modifica el apartado 2 del artículo 62 de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la función pública valenciana de tal forma que: “…. quienes superen las pruebas selectivas aportarán una declaración responsable en la que manifestarán poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas necesarias para el desempeño de las funciones o tareas que correspondan al puesto de trabajo. Dicha declaración constituirá presunción de disponer de tales capacidades y requisitos de aptitud por parte de la persona declarante y podrá ser verificada, en su caso, con los informes médicos que emita el servicio de prevención correspondiente.”.
En relación con esta modificación normativa la Conselleria de Sanidad ha publicado una nota en su página web donde manifiesta que: “Tras la publicación en el DOGV de la Ley 7/2024, de 9 de julio, del Consell, de simplificación administrativa de la Generalitat, el certificado médico requerido para el nombramiento de las personas aspirantes seleccionadas en los diferentes procesos selectivos se sustituye por una declaración responsable (modelo: enlace) de poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas necesarias para el desempeño de las funciones o tareas que correspondan a la plaza correspondiente de cada convocatoria.”.
(Foto: Banc Imatges Infermeres. Autores: Ariadna Creus y Ángel García)