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29/05/2023

Informe sobre acuerdo de módulos de refuerzo y acuerdo del complemento de nocturnidad en víspera de festivo

Desde la Asesoría Jurídico y Fiscal del Colegio de Enfermería de Alicante, cuyo coordinador es el vicepresidente colegial, Francisco Gómez Vitero se ha confeccionado el siguiente informe sobre la recientemente publicación en el DOGV del Acuerdo, de 5 de mayo de 2023, del Consell, de regulación del Programa especial de productividad para la prestación de módulos adicionales de refuerzo en el año 2023 por parte de personal de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública.
En el acuerdo referido se regula la participación voluntaria de los profesionales, fuera de su jornada ordinaria habitual y de atención continuada, en el programa específico de sustitución y refuerzo, con una retribución asignada. Y podrá ser de aplicación a la totalidad del personal tanto del equipo de Atención Primaria como de las unidades de apoyo de Atención Primaria, así como al personal de cualquier categoría dependiente de los centros hospitalarios, incluidos HACLES y otros dispositivos sanitarios: centros de especialidades, centros sanitarios integrados, centro de transfusión, así como los servicios de inspección sanitaria y de salud pública incluidas las unidades de prevención de cáncer de mama (UPCM). Podrán participar así mismo las personas que tengan formalizados contratos de atención continuada.
Para la participación en el programa y percepción del complemento correspondiente, se deberán cumplir todos los requisitos siguientes:
1. Necesidad de sustitución o refuerzo. Se aplicará este programa en los supuestos en los que se requiera suplir la ausencia de personal o reforzar los efectivos disponibles para atender adecuadamente la demanda asistencial.
2. No disponibilidad de candidatos. Cuando sea necesaria la contratación de personal, se utilizarán los sistemas de selección de personal temporal establecidos reglamentariamente (bolsa de trabajo), y sólo en el caso de que resulte imposible la contratación se asumirá la demanda asistencial adicional, ya sea por parte de personal del mismo centro, de otros centros o incluso de otros departamentos de salud.
3. Realización fuera de la jornada habitual. La tarea asistencial adicional prevista en este acuerdo deberá llevarse a cabo fuera de la jornada ordinaria y de atención continuada del profesional, y se desarrollará mediante la realización de módulos de la duración equivalente al turno sustituido o proporcional a la necesidad de refuerzo.
4. En ningún caso podrá percibirse el complemento previsto en este acuerdo cuando los pacientes inicialmente asignados al personal ausente puedan ser atendidos por otro u otros miembros del equipo dentro de su horario habitual.
La retribución por participación en este programa tiene la naturaleza de complemento de productividad y la cantidad abonada para los profesionales del subgrupo A2, donde se encuentra el personal de enfermería, será de 27,21 €/hora. Y cuando se preste media hora, la retribución será la mitad de la anterior. El devengo del complemento tendrá carácter mensual, y se hará efectivo en el mes siguiente al de su realización.
El tiempo de trabajo prestado incluido en el presente programa tendrá el carácter de prolongación voluntaria de la jornada ordinaria general establecida.
Este programa de módulos adicionales de refuerzo tendrá efectos desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2023.
Además, también se ha publicado en el DOGV de fecha 23/05/2024 el Acuerdo de 5 de mayo de 2023, del Consell, por el que se establece una retribución específica para el complemento de nocturnidad en domingo o festivo.
En dicho acuerdo se ha creado una retribución específica para el complemento de nocturnidad en domingo o festivo, incrementando el importe del complemento de nocturnidad en el turno de noche de un domingo o festivo, entendido este como el que recae de las 22 horas del día anterior a las 8 horas del domingo o festivo.
Además, se modifica la tabla retributiva referente al concepto de “nocturnidad” incluido en el complemento de atención continuada. Y las cantidades consignadas para cada jornada nocturna realizada por el personal de enfermería de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública para el actual año 2023 son las siguientes:

Nocturnidad en día laborable: 49,30 €.
Nocturnidad en día festivo: 89,00 €.
Nocturnidad en los días 24 y 31 de diciembre: 140,44 €.

Por lo tanto, en la jornada nocturna de festivo se percibirán casi 40 € más de la cantidad que se percibía actualmente. Y este nuevo complemento de nocturnidad en día festivo se aplica con carácter retroactivo desde el 1 enero de 2023, por lo que tendrán que abonarse los atrasos retributivos correspondientes.
                
Para consultar el contenido completo de dichos acuerdos se puede acceder a través de los siguientes enlaces:

Enlace 1
Enlace 2

Foto: Banc Imatges Infermeres. Autores: Ariadna Creus y Ángel García

 

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